sábado, 16 de julio de 2016

El Salvador: una decisión por la justicia y contra la impunidad

La resolución judicial que declara inconstitucional la Ley de Amnistía General constituye un hito en la lucha contra la impunidad por los crímenes de guerra y las violaciones sistemáticas a los derechos humanos para el caso concreto de El Salvador, pero con repercusiones para toda América Latina y más allá.

Andrés Mora Ramírez / AUNA-Costa Rica

En El Salvador se abre un nuevo capítulo en la lucha
por los derechos humanos y contra la impunidad.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador emitió el pasado 13 de julio una sentencia histórica: con cuatro votos a favor y uno en contra, la mayoría de los magistrados de este órgano declararon inconstitucional la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, aprobada en 1993 en el marco de los acuerdos que pusieron fin al conflicto armado en este país centroamericano. Como se detalla en el comunicado oficial de la Sala, los magistrados consideran que, a la luz de lo dispuesto en distintos instrumentos del derecho internacional y en atención a principios elementales de protección los derechos humanos, la amnistía concedida en los artículos 1 y 4 de dicha ley “es contraria al derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial o protección de los derechos fundamentales, y al derecho a la reparación integral de las víctimas de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario”.

La decisión del tribunal constitucional, polémica y a la que se llegó seguramente con muchísimas dificultades, tomando en cuenta la profundidad de las diferencias ideológicas que subyacen en la sociedad salvadoreña -como herencia nefasta de los tiempos de guerra, que emerge periódicamente a la superficie del debate público-,  y las delicadas condiciones en las que poco a poco se han venido reconstruyendo las instituciones democráticas y el sistema político en general, representa un espaldarazo a la búsqueda de verdad y justicia para las víctimas del conflicto armado, para sus familiares, y para los salvadoreños y salvadoreñas que ahora tendrán la oportunidad de indagar en su pasado reciente, cerrar las heridas que todavía permanecen abiertas y saldar su deuda con la memoria.

Asimismo, la resolución judicial constituye un hito en la lucha contra la impunidad por los crímenes de guerra y las violaciones sistemáticas a los derechos humanos para el caso concreto de El Salvador, pero con repercusiones para toda América Latina y más allá, toda vez que, como lo expresa el voto de los magistrados, si bien un órgano legislativo tiene facultades para decretar amnistías, estas no pueden ser “irrestrictas, absolutas e incondicionales, desconociendo las obligaciones constitucionales e internacionales que tienen los Estados en lo relativo a la protección de los derechos fundamentales, de investigar, identificar a los responsables materiales e intelectuales, y sancionarlos conforme a su derecho interno; desconociendo, además, el deber de reparar integralmente a las víctimas de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario”.

En su sentencia, la Sala de lo Constitucional también reivindica el espíritu de los Acuerdos de Paz de 1992, la Ley de Reconciliación Nacional y los contenidos y alcances del Informe de la Comisión de la Verdad 1992-1993, que procuraban esclarecer los hechos de violencia cometidos a partir del 1 de enero 1980, independientemente del bando que los haya perpetrado: con la aprobación de la Ley de Amnistía General, menos de una semana después de que se diera a conocer el Informe de la Comisión de la Verdad, la aspiración de justicia pactada en la mesa de negociaciones simplemente fue negada para todas las partes involucradas en la guerra civil. Es decir, con la amnistía se pretendió burlar la voluntad de paz y menguar la legitimidad de los acuerdos.

Reconocemos la valentía de los magistrados, cuya sentencia actualiza la jurisprudencia de la Corte en materia de Derechos Humanos, y recibimos con esperanza este nuevo capítulo que se inaugura en la vida social y política de El Salvador y de Centroamérica, más de un cuarto de siglo después de la firma de los Acuerdos de Paz de Esquipulas, que establecieron las condiciones para el inicio de los procesos de pacificación en nuestra región. Sin embargo, no debemos olvidar que el camino para hacer efectivas las posibilidades jurídicas de justicia y reparación para las víctimas y familiares del conflicto armado será largo y encumbrado; más aún, consideramos que ahora se pondrá a prueba –una vez más- a la democracia salvadoreña frente a los poderes fácticos, ya que, como lo expresa el comunicado de la Sala de Constitucional, la ahora derogada Ley de Amnistía General acabó por convertirse en “un obstáculo procesal para la investigación, el juzgamiento, la condena o la ejecución de la pena de los responsables” de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

En las luchas por verdad y justicia que ahora podrán emprender los ciudadanos salvadoreños y del resto del mundo, será más importante que nunca el acompañamiento y la solidaridad internacional de quienes ansiamos una paz auténtica y profunda para nuestros pueblos latinoamericanos.

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